Ley de Servicios de Plataformas Tecnológicas
A partir del 1 de junio del 2020 y hasta el 31 de Diciembre del 2020, a todas las personas que trabajen en aplicaciones digitales les será retenido el 8% del IVA más un porcentaje de ISR de su ingreso mensual.
I. Prestación de servicios de transporte terrestre de pasajeros y de entrega de bienes.
Monto de Ingreso Mensual | Tasa de Retención de ISR |
Hasta $5,500.00 | 2% |
Hasta $15,000.00 | 3% |
Hasta $21,000.00 | 4% |
Más de $21,000.00 | 8% |
II. Prestación de servicios de hospedaje.
Monto de Ingreso Mensual | Tasa de Retención de ISR |
Hasta $5,000.00 | 2% |
Hasta $15,000.00 | 3% |
Hasta $35,000.00 | 5% |
Más de $35,000.00 | 10% |
III. Enajenación de bienes y prestación de servicios.
Monto de Ingreso Mensual | Tasa de Retención de ISR |
Menos de $345.39 | 0.40% |
Entre $345.40 y $1,151.32 | 0.50% |
Entre $1,151.33 y $2,302.63 | 0.90% |
Entre $2,302.64 y $5,756.58 | 1.10% |
Entre $5,756.59 y $23,026.32 | 2.00% |
Más de $23,026.33 | 5.40% |
Los datos que debes de utilizar en la factura depende de la plataforma digital para la que colaboras, los más comunes son los siguientes:
Concepto | Clave de Producto y/o Servicio | Clave de Unidad | Forma de Pago | Método de Pago | Uso de CFDi |
SERVICIOS DE RECOLECCION Y ENTREGA DE MERCANCIA | 78102203 - Servicios de envío, recogida o entrega de correo | ACT - Actividad | 03 - Transferencia electrónica de fondos | PUE - Pago en una sola exhibición | "Gastos en general" |
Consideraciones en tu cuenta de Enlace Fiscal
Clientes
Para emitir el comprobante desde nuestro portal web, es necesario primero dar de alta como cliente la plataforma digital para la que colaboras para después poder emitir la factura. Si tienes duda, puedes consultar nuestra guía para crear un nuevo cliente.
Rubros
Debes crear los rubros necesarios dentro de las configuraciones, dependiendo del tipo de servicio que ofrezcas.
Fecha
También es importante saber en qué días debes enviar las facturas para que sean validadas por la plataforma digital y se pueda realizar tu pago.
Retenciones por día o períodos distintos por plataformas digitales.
Para efecto de poder determinar la tasa de retención de manera diaria, semanal, quincenal o cualquier periodo distinto al mensual, se dividirán los montos mensuales establecidos en las tablas previstas por el artículo 113-A de la Ley del ISR entre 30.4. De esta manera conoceremos el monto diario y por ende el porcentaje de retención que le corresponde.
Puedes consultar el nuevo esquema para el 2021 aquí.