RESICO | Impuestos a considerar en rubros

La emisión de comprobantes bajo el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), conlleva una serie de implicaciones que afectan la manera en que se lleva acabo la facturación dependiendo si se emite a personas física o personas morales.

En esta guía se explicará las consideraciones a tener en los impuestos que se aplicarán al emitir a los diferentes receptores.

Impuestos a considerar cuando el receptor es persona moral

Retención ISR 1.25%

Si usted es persona física y tributas bajo el Régimen Simplificado de Confianza es importante considerar que al emitir comprobantes fiscales a personas morales por actividades empresariales, profesionales u otorguen el uso o goce temporal de bienes deberá ser retenido el 1.25% del ISR ( Art. 113-J LISR).

La retención se calcula con base al monto del ingreso (sin considerar el IVA aplicable). 

Retención IVA 2/3 partes

Si usted es persona física y tributas bajo el Régimen Simplificado de Confianza es importante considerar que al emitir comprobantes fiscales a personas morales por prestación de servicios personales independientes, prestación de servicios de comisión, otorgamiento del uso o goce temporal de bienes ( Art. 1o-A LIVA, Art 3.I RLIVA) deberá ser retenido 2/3 partes del IVA trasladado.

La retención se calcula con base al importe del impuesto IVA de traslado. 

CÁLCULO DE IVA, RETENCION ISR y RETENCION IVA EN RESICO CON PERSONA MORAL COMO RECEPTOR

A continuación se muestran algunos ejemplos de como aplica la nueva retención de ISR al 1.25% para algunas actividades cuando una persona física emite a un CFDI a persona moral.
Act. Empresarial Serv. Profesionales Médico Arrendamiento Sector Primario
Importe $ 10,000.00 $ 10,000.00 $ 10,000.00 $ 10,000.00 $ 10,000.00
IVA 16% $ 1,600 16% $ 1,600 exento 16% $ 1,600 0% $ 0.00
Ret ISR 1.25% $ 125.00
$ 125.00 $ 125.00 $ 125.00 $ 125.00
Ret IVA (2/3 partes) - $ 1,066.67 - $ 1,066.67 $ 0.00
Total $ 11,475.00 $ 10,408.33 $ 9,875.00 $ 10,408.33 $ 9,875.00

Impuestos a considerar cuando el receptor es persona física

Si usted es persona física y tributas bajo el Régimen Simplificado de Confianza, al emitir comprobantes fiscales a personas físicas no será necesario realizar las retenciones mencionadas en el punto anterior, solo es necesario aplicar los impuestos de traslado que apliquen de acuerdo a la ley del IVA.

CÁLCULO DE IMPUESTOS EN RESICO CON PERSONA FÍSICA COMO RECEPTOR

A continuación mostramos algunos ejemplos de como aplican los impuestos de traslado cuando una persona física emite a un CFDI a persona moral.


Act. Empresarial Serv. Profesionales Médico Arrendamiento Sector Primario
Importe $ 10,000.00 $ 10,000.00 $ 10,000.00 $ 10,000.00 $ 10,000.00
IVA 16% $ 1,600 16% $ 1,600 exento 16% $ 1,600 0% $ 0.00
Total $ 11,600.00 $ 11,600.00 $ 10,000.00 $ 11,600.00 $ 10,000.00






📣 Nota: Los ejemplos anteriormente propuestos se ajustan a los casos más comunes, sin embargo, existen algunas excepciones por lo que te recomendamos revisar tus impuestos aplicables en la LEY DEL IVA y LEY DEL ISR.

CONFIGURAR RUBROS CON IMPUESTOS DE RETENCION

Para configurar los impuestos aplicables se deberá dar de alta un rubro nuevo o modificar sus actuales rubros para incluir esta nueva tasa de retención 1.25% de ISR e IVA 2/3 partes según corresponda.
En la sección CFDI COMERCIALES (1), dentro del apartado de CONFIGURACION (2), En la pestaña de RUBROS (3) se debe realizar el cambio necesario.

Al hacer clic en el botón Nuevo Rubro o en la edición de un rubro actual se muestra el listado de impuestos disponibles. En el grupo de  ISR dentro de Impuestos Comunes se debe activar la casilla del impuesto 1.25%, o si se requiere se puede hacer la combinación de impuestos incluyendo el de 1.25% de ISR y el de 16% IVA

Si usted ha cambiado su régimen a RESICO, requiere actualizar la información dentro de su cuenta, consulte la guía sobre cambiar a Régimen Simplificado de Confianza.

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