CFDi 3.3: Método de Pago

Advertencia. Este artículo ha quedado desactualizado. Este artículo puede no reflejar información reciente. Estamos en proceso de actualización.


IMPORTANTE: Los conceptos de Método de Pago y Forma de Pago aparecen invertidos respecto a la versión 3.2 del CFDi. 


Con la versión 3.3 de CFDi, el SAT solicita que el emisor del comprobante indique el método que utilizará el receptor para cubrir el pago del comprobante.

Este dato puede tener uno de los siguientes valores:

  • (PUE) Pago en una sola exhibición
  • (PPD) Pago en parcialidades o diferido

¿Cuándo debo utilizar "Pago en una sola exhibición (PUE)" en mi CFDi 3.3?

El SAT indica que esta opción solo se debe utilizar cuando ya se tiene certeza de que el pago ha sido recibido y se conoce la forma de pago. En otras palabras, solamente utilizarla cuando el pago haya sido en el momento de la emisión del comprobante, o bien con anterioridad liquidando el 100% del mismo en un solo pago.

Al utilizar esta opción, es necesario especificar la "Forma de Pago" del comprobante. Al hacerlo, se evita la obligación de emitir un Comprobante con Complemento de Pagos.

¿Cuándo debo utilizar "Pago en parcialidades o diferido (PPD)" en mi CFDi 3.3?

Existen varios supuestos en los que se debe utilizar esta clave:

  • El comprobante será pagado en varias parcialidades. Este supuesto incluye aquellos casos en que algunas o todas las parcialidades hayan sido pagadas antes de la emisión del comprobante por el monto total de la operación. El detalle clave es que se realiza el pago total en varias exhibiciones.
  • El comprobante será pagado en el futuro. Este caso incluye cuando el comprobante será liquidado en un solo pago pero en una fecha posterior a la emisión del CFDi.

En cualquiera de los supuestos de la clave PPD, es obligatorio la emisión de un "Recibo Electrónico de Pago" por cada pago recibido. Para mayor información sobre este nuevo tipo de comprobante le sugerimos leer el siguiente artículo:

Recibo Electrónico de Pagos


Para mayor información sobre el dato de Forma de Pago consultar el siguiente artículo:

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