Recibo Electrónico de Pagos

Advertencia. Este artículo ha quedado desactualizado. Este artículo puede no reflejar información reciente. Te recomendamos consultar nuestra nueva versión de Recibo Electrónico de Pago 2.0

Con la llegada de la v3.3 de CFDi aparece este nuevo tipo de comprobante fiscal con el que el SAT busca completar la información que recolecta de parte de los contribuyentes respecto a los pagos que reciben.

Este tipo de comprobante es conocido de varias formas:

  • Recibo Electrónico de Pagos
  • Comprobante con Complemento de Pago
  • CFDi de Pagos

¿Cuándo se debe emitir un comprobante con Complemento de Pago?

  1. Cuando las prestaciones no se paguen en una sola exhibición (pago en parcialidades)
    • Se debe emitir un CFDi  de ingresos (factura, recibo de honorarios, recibo de arrendamiento, etc.) por el valor total de la operación en el momento que ésta se realice.
    • Posteriormente se debe emitir un Recibo Electrónico de Pago por cada uno de los pagos que se efectúen.
  2. Cuando se reciba el pago de la contraprestación en una sola exhibición, pero ésta no sea cubierta al momento de la expedición del CFDi, incluso cuando sean operaciones a crédito y éstas se paguen totalmente en fecha posterior a la emisión del CFDi correspondiente.

¿Qué información se incluye en el comprobante con Complemento de Pago?

Se detalla la cantidad que se paga, su forma de pago y se identifican los comprobantes CFDi  (facturas electrónicas) cuyo saldo liquida.

Detalles a considerar

  • Cuando se emita un Recibo Electrónico de Pago, el CFDi emitido por el total de la operación no podrá ser cancelado. Las correcciones correspondientes deberán realizarse mediante la emisión de CFDi de egresos por devoluciones, descuentos y bonificaciones.
  • Cuando el Recibo Electrónico de Pago contenga errores, éste podrá cancelarse siempre que se sustituya por otro con los datos correctos y cuando se realicen a más tardar el último día del ejercicio en que fue emitido el CFDi.

Documentación Técnica para peticiones vía API

Para aquellos usuarios de Enlace Fiscal utilizando nuestro motor de facturación electrónica en su propio sistema mediante nuestro API, podrán encontrar toda la información necesaria para emitir este tipo de comprobante CFDi en el portal para desarrolladores. En la siguiente liga se puede encontrar los detalles específicos de este tipo petición al API:

Timbrado Recibo Electrónico de Pago

¿Cómo emitir un Recibo Electrónico de Pago?

A continuación le mostramos un ejemplo sencillo de como generar un Recibo Electrónico de Pagos .

Comprobantes en parcialidades o pagos diferidos durante el periodo de transición

¿Cómo emitir comprobantes para pagos diferidos o en parcialidades durante o después del 1 de Julio de 2017 al 1 Septiembre de de 2018?

La forma de emitir comprobantes para pagos diferidos o en parcialidades durante y después del periodo de transición depende de la fecha de la operación, de la fecha del comprobante de la última parcialidad y de la versión de CFDi utilizada para dicha operación. La siguiente tabla lo explica a detalle:

Fecha de la operación original Fecha del último pago Versión de CFDi Forma de emitir el CFDi
Antes del 1 de Julio de 2017 Antes del 1 de Septiembre de 2018    3.2 Se emite un CFDi por el valor total de la operación cuando ésta se realice y un CFDi por cada uno de los pagos (1).
Antes del 1 de Julio de 2017 Después del 1 de Septiembre de 2018 3.2 Se emite un CFDi por el valor total de la operación cuando ésta se realice y un CFDi por cada uno de los pagos (1), pero los CFDi de parcialidades que se emitan después del 1ro de Septiembre serán de la versión 3.3 y al emitirlos se debe seleccionar: 
1) La clave  “02 - Nota de Débito de los Documentos Relacionados” en el campo “Tipo de Relación”
2) El valor total de la operación en el campo  “UUID”.
Entre el 1 de Julio  de 2017 y el 31 de Agosto de 2018 Antes del 1 de Septiembre de 2018 3.2 Se emite un CFDi por el valor total de la operación cuando ésta se realice y un CFDi por cada uno de los pagos (1).
Entre el 1 de Julio  de 2017 y el 31 de Agosto de 2018 Después del 1 de Septiembre de 2018 3.2 Se emite un CFDi por el valor total de la operación cuando ésta se realice y un CFDi por cada uno de los pagos (1), pero los CFDi de parcialidades que se emitan después del 1ro de Septiembre serán de la versión 3.3 y al emitirlos se debe seleccionar: 
1) La clave  “02 - Nota de Débito de los Documentos Relacionados” en el campo “Tipo de Relación”
2) El valor total de la operación en el campo  “UUID”.
Entre el 1 de Julio  de 2017 y el 31 de Agosto de 2018 Antes del 1 de Septiembre de 2018 3.3 Se puede elegir entre emitir un CFDi por el valor total de la operación cuando ésta se realice y un CFDi por cada uno de los pagos (1) o emitir el CFDi de recepción de pagos por cada uno de las parcialidades.
Entre el 1 de Julio  de 2017 y el 31 de Agosto de 2018 Después del 1 de Septiembre de 2018 3.3 Se debe emitir el CFDi de recepción de pagos por cada uno de las parcialidades.
A partir del 1 de Septiembre de 2018 Después del 1 de Septiembre de 2018 3.3 Se debe emitir el CFDi de recepción de pagos por cada uno de las parcialidades.

(1) Los CFDi de las parcialidades deben incluir el folio y valor total de la operación original así como los impuestos que se retuvieron y/o trasladaron. 

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