Factor de días para el cálculo de nómina

El sistema de Enlace Fiscal se basa en la normativa vigente que establece que el cálculo del salario debe basarse en divisiones estándar de 7, 15 o 30 días según el periodo que corresponda. Con esto podemos garantizar el cumplimiento adecuado de determinar los salarios sobre una base de 30 días. 

A efectos laborales los períodos mensuales se consideran de 30 días.

El artículo 89, tercer párrafo, de la Ley Federal del Trabajo (LFT) establece que el salario puede determinarse de forma mensual y que para determinar la cuota diaria deberá dividirse entre 30. Este salario diario es la base del cálculo de la nómina para determinar el sueldo y las prestaciones a las que el trabajador tiene derecho. 

“Cuando el salario se fije por semana o por mes, se dividirá entre siete o entre treinta, según el caso, para determinar el salario diario.”

El artículo 29 de la Ley del Seguro Social (LSS) también se encuentra alineada con la  Ley Federal del Trabajo:

“Para fijar el salario diario en caso de que se pague por semana, quincena o mes, se dividirá la remuneración correspondiente entre siete, quince o treinta respectivamente.”

Por último, el artículo 145 del Reglamento de la Ley del Impuesto Sobre la Renta ( LISR) establece que cualquier cálculo debe basarse en las tarifas oficiales y para pagos correspondientes a períodos de siete, diez o quince días, las retenciones pueden calcularse aplicando tarifas semanales, decenales o quincenales que publique el SAT.

El sistema no maneja la opción de hacer un cambio con respecto al cálculo del factor de días, ya que aplicando el mismo criterio no se generan discrepancias ante cualquier revisión de las autoridades.

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